- Ricardo Hipólito Alvarado
De acuerdo con el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todos tenemos la obligación de contribuir al gasto público mediante el pago de impuestos. Este deber jurídico es visto como una carga desagradable por gran parte de los mexicanos, sin embargo, este mandato constitucional ha permitido construir un patrimonio nacional invaluable mediante el pago de impuestos a través de obras de arte. Esta peculiar forma de recaudar se consigue a través del Programa de Pago en Especie, cuyo precursor fue uno de los más grandes expositores del muralismo mexicano del siglo XX
En 1957, David Alfaro Siqueiros propuso que los artistas plásticos pudieran pagar sus impuestos con obras de su autoría. La idea fue bien recibida por Hugo B. Margáin, Director del Impuesto Sobre la Renta y fue impulsada por diversos artistas como Diego Rivera, Raúl Anguiano, Adolfo Best Maugard, Rufino Tamayo, José Chávez Morado, Carlos, Mérida, Dr. Atl y Joaquín Martinez.
Si bien varios artistas sentaron las bases de esta modalidad de pago donando varias obras para creación un Museo de Arte Moderno Mexicano, el Programa Pago en Especie no fue instaurado debidamente. Fue hasta 1975, durante la presidencia de Luis Echeverría que la iniciativa de varios artistas dio fruto para la instauración del Programa. El pintor chileno Roberto Mata se acercó directamente a Echeverría y le entregó una carta firmada por varios artistas a efecto de que la propuesta planteada por Alfaro Siqueiros no quedara en el tintero por muchos años más.
La petición de los artistas fue considerada una idea extraordinaria y la propuesta fue turnada inmediatamente para su implementación al Secretario de Educación Publica, Víctor Bravo Ahúja, quien posteriormente la remitió al entonces Secretario de Hacienda y Crédito Público, José López Portillo. Los periódicos de aquella época comentaban esta iniciativa de la siguiente forma:
“Estímulo a los artistas. En el arte se expresa la cualidad creadora del hombre, pues concibe un mundo que con frecuencia influye determinantemente en la vida de la humanidad (…) Es por ello plausible el anuncio hecho por el Secretario de Hacienda y Crédito Público, José López Portillo y por el Director del Instituto Mexicano del Seguro Social, Carlos Gálvez Betancourt, en el sentido de que todos los artistas de México gozarán de Seguro Social, se les concederá libre importación de sus materiales de trabajo y se admitirá paguen sus impuestos con sus propias obras. Estas medidas ayudarán a que nuestros artistas puedan con mayor soltura, consagrarse a su labor y desarrollar ampliamente su capacidad creadora (Excélsior, 20 de febrero de 1975).”
Fue así como después de muchos esfuerzos, el 6 de marzo de 1975 se dio inicio al Programa Pago en Especie a través del “Decreto que autoriza el pago en especie del impuesto al ingreso de las personas físicas que causen quienes produzcan obras de artes plásticas”. De este Decreto se puede apreciar que la intención de esta peculiar forma de pagar impuestos es proteger y acrecentar los bienes y valores que constituyen el acervo cultural de la Nación, hacer que el arte sea accesible a la colectividad y que el Estado mexicano pueda adquirir una muestra representativa de las artes plásticas de grandes autores mexicano y extranjeros.
El Programa fue acogido de forma entusiasta por la comunidad artística, por lo que el 31 de octubre de 1994, se reformó el Decreto a efecto de facilitar el pago de impuestos. Esta no fue la única modificación que ha sufrido el pago en especie, ya que el Programa fue modificado nuevamente el 28 de noviembre de 2006.
Desde su creación el Programa Pago en Especie ha recibido críticas, tanto negativas como positivas. Carlos Tello Macías, Subsecretario de Ingreso de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en 1975, en una carta publicada en la revista Vuelta en noviembre de 1981, en respuesta a una crítica realizada por Gabriel Zaid en contra del pago en especie, justifica la existencia del programa de la siguiente forma:
“[D]ebemos partir de un principio que se encuentra consagrado constitucionalmente (artículo 31, fracción IV), que es la obligación que tiene todo mexicano, por el solo hecho de serlo, de contribuir a los gastos públicos de la Federación, de los Estados y Municipios, en la forma equitativa y proporcional que establezcan las leyes (…) se puede fácilmente apreciar (del Decreto publicado el 6 de marzo de 1975) de que fue y es una facilidad que se le da al causante para cumplir con su obligación constitucional y legal de pagar impuestos, que incluso es opcional, pues podría cumplir su deber también pagando con dinero de curso legal, como lo hacen otros contribuyentes (Ruiz Montes, 2010).”
En 1994, se inauguró el Museo de la Secretaría de Hacienda, localizado actualmente en el Antiguo Palacio del Arzobispado, en el Centro Histórico de la Ciudad de México, el cual alberga la mayor parte de la Colección Pago en Especie, facilitando a la población el acceso a la cultura. Por otro lado, las obras son facilitadas en préstamos a exhibiciones de arte nacionales e internacionales. De igual forma, las obras recaudadas son repartidas entre la Federación, los Estados y los Municipios, enriqueciendo la decoración de diversos edificios gubernamentales.
Hoy en día el Programa sigue vigente y año con año acrecienta el patrimonio nacional. Actualmente, los artistas pueden pagar sus impuestos con obras de arte plástico tales como pinturas, grabados y esculturas, aun cuando tengan un soporte físico diferente a los empleados tradicionalmente. Por otro lado, no se puede pagar impuestos con obras industriales, artesanales, utilitarias, cinematográficas, obras de artes aplicadas, de diseño industrial, ni de arquitectura.
El Programa de Pago en Especie es un instrumento único en el mundo mediante el cual se facilita el pago de impuestos a cargo de artistas plásticos. Sin embargo, no hay que olvidar que la mayor aportación de este Programa es la construcción de una colección que representa la identidad artística y cultural de nuestro país. Es así como mediante el cumplimiento de la obligación plasmada en el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se ha logrado la creación de una de las colecciones de arte moderno y contemporáneo más importantes del mundo.
Referencias
1. Diario Oficial de la Federación. (28 de noviembre de 2006). Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican y se modifican los diversos publicados el 5 de marzo de 2003 y el 31 de octubre de 1994.
2. Diario Oficial de la Federación. (31 de octubre de 1994). Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado y condona parcialmente el primero de ellos. Que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción, y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares.
3. Diario Oficial de la Federación. (6 de marzo de 1975). Decreto que autoriza el pago en especie del impuesto al ingreso de las personas físicas que causen quienes produzcan obras de artes plásticas.
4. Excélsior. (10 de abril de 1975). Citado por Ruiz Montes, J.S. (2010). El programa y la Colección Pago en Especie. En Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 200 Años de la Hacienda Pública en México (1810-2010), Tomo II.
5. Excélsior. (20 de febrero de 1975). Citado por Ruiz Montes, J.S. (2010). El programa y la Colección Pago en Especie. En Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 200 Años de la Hacienda Pública en México (1810-2010), Tomo II.
6. Ruiz Montes, J.S. (2010). El programa y la Colección Pago en Especie. En Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 200 Años de la Hacienda Pública en México (1810-2010), tomo II.
7. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (06 de abril de 2017). El Programa Pago en Especie de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Gobierno de México. https://www.gob.mx/shcp/articulos/la-coleccion-pago-en-especie-de-la-secretaria-de-hacienda-y-credito-publico