- Fernanda Rios
El Desplazamiento Forzado Interno (DFI) es un fenómeno de movilidad humana en que las personas o comunidades se ven obligadas a escapar o huir de su hogar, sin cruzar una frontera estatal internacionalmente reconocida, como resultado o a fin de evitar los efectos de un conflicto armado, situaciones de violencia generalizada, violaciones de los derechos humanos o de catástrofes tanto naturales como provocadas por el ser humano (OIM, 2020).
En este breve artículo no se pormenoriza el desplazamiento forzado por violencia; sin embargo, se tiene por objeto señalar que los desastres naturales y la crisis climática son problemáticas que tendrán estragos irreparables para las poblaciones si es que no se implementan planes integrales de atención, logística y reubicación antes estos eventos.
El cambio climático es una problemática que globalmente nos cobra factura con desastres año con año más asoladores; sequías, inundaciones, huracanes e incendios forestales han representado, al menos desde 2012, la causa de la mayoría de los movimientos forzados dentro de fronteras, cerrando el 2023 con 7.7 millones de personas desplazadas en 82 países (IDMC, 2024). La región del Cuerno de África, el Sudeste Asiático y el Corredor Seco de Centroamérica son las regiones en las que históricamente se han reportado los mayores números de DFI; sin embargo, los eventos de oscilación climática El Niño y La Niña han causado estragos globales en las últimas décadas. Los eventos más recientes que cabe mencionar son las inundaciones en Pakistán durante 2022, las cuales dejaron alrededor de 33 millones de damnificados, y la severa sequía en la Amazonía declarada en situación crítica desde el pasado lunes 30 de septiembre.
En México las cifras de desplazamiento climático son imprecisas. No tenemos un registro oficial de desplazados internos. En el último Diagnóstico nacional sobre la situación del desplazamiento forzado interno en México, publicado en 2021 por el Consejo Nacional de Población (CONAPO) y que toma notas del Informe Mundial sobre Desplazamiento Interno 2021 publicado por el Observatorio de Desplazamiento Interno (IDMC), se contabilizaron 100,888 desplazamientos por desastres naturales, el 99% de ellos relacionados a tormentas e inundaciones. Los datos más actuales, que corresponden a algún punto del 2023, son de 196,000 nuevos desplazamientos, desconociéndose en qué proporción corresponden a qué desastre de ese año. Los datos totales para finales de ese período no se publicaron.
En nuestro país no es el gobierno quien da seguimiento a los eventos de desplazamiento masivo, sino organizaciones de la sociedad civil que se basan principalmente en informes de los medios de comunicación. Es decir, hay una grave omisión en la recolección exhaustiva y evaluación de datos sobre DFI que ha dificultado la comprensión de los patrones de desplazamiento. Esto nos habla de un país que no tiene como prioridad esta crisis humanitaria. La falta de herramientas que en principio nos permitirían contabilizar las personas afectadas y desplazadas hace imposible dimensionar el marco normativo y los recursos necesarios para responder a la devastación del cambio climático que lleva al desplazamiento forzado.
México tiene planes y manuales de protección civiles de emergencia y auxilio, pero no legislación con políticas a largo plazo que atiendan necesidades de la población desplazada internamente. En los últimos 22 años se han presentado nueve iniciativas para la creación de una ley general especializada sobre esta problemática; sin embargo, hasta el día de hoy ninguna ha sido aprobada. Sólo contamos con tres legislaciones locales que regulan al respecto: Sinaloa, Chiapas y Guerrero. Algo a destacar de manera general es que en ninguna de las tres hay un claro desarrollo sobre las acciones de prevención. La rigurosidad de las disposiciones se concentra en la prevención y reparación, que, acertadamente, incluyen la obligación de prestar asistencia humanitaria, la restitución de la documentación personal de los afectados, la formulación de informes y la obligación de en todo momento involucrar y considerar la voluntad de las personas desplazadas en la toma de decisiones que les involucre, entre otras.
Pero finalmente, ¿por qué? ¿Por qué sigue escaso el interés en el DFI, especialmente por razones climáticas, mientras que en Tabasco hay poblados tragados por el mar, en Veracruz familias abandonan sus hogares por los incendios y en Chihuahua se vive la emergencia de una sequía excepcional? ¿Qué ocurre hoy con las personas que resienten estos eventos catastróficos sin disposición o institución que los ampare?
A pesar de que es un hecho que existe un vacío en torno a la distribución de recursos, competencias y responsabilidades entre las distintas autoridades de gobierno que estarían encargadas de diseñar e implementar las políticas coordinadas de prevención y atención integral al fenómeno de DFI, es urgente que se incorporen al ordenamiento jurídico mexicano los estándares internacionales de protección de personas desplazadas internamente: Que disfruten en igualdad de condiciones de los mismos derechos y libertades que a los demás habitantes se les reconocen, la obligación de las autoridades de evitar y minimizar su desplazamiento, proporcionando las condiciones o medios que permitan el regreso voluntario a sus hogares y, en su caso, la reubicación de las comunidades en condiciones satisfactorias de seguridad, alimentación y salud.
México es uno de los países más vulnerables a los fenómenos naturales por su ubicación geográfica (Bündnis Entwicklung Hilft & IFHV, 2023). La desaparición de la comunidad de El Bosque, Tabasco; huracanes y tormentas tropicales que han arrasado con Guerrero, Chiapas y Oaxaca; heladas, lluvias y sequías que anualmente dañan hectáreas de cultivos en Sinaloa, Estado de México, Chihuahua y demás, son situaciones actuales ante las que se ameritan acciones inmediatas. No permitamos que México sea también vulnerable por su falta de mecanismos y de estructura de atención humanitaria. Mientras un eficaz sistema de prevención, atención y reparación se erige, hay muchas formas en las que podemos apoyar a las personas desplazadas por cambio climático: Difundiendo más información acerca de la regularidad e intensidad de esta problemática nacional y globalmente, aportando donaciones en dinero y especie a través de los centros de acopio, y participando en voluntariados en zonas de desastre o en atención a la población desplazada. Una pequeña acción puede hacer la diferencia.
Referencias
1. ACNUR México. (2022). DESPLAZAMIENTO INTERNO EN MÉXICO JUNIO 2022. México: ACNUR México. Obtenido de https://www.acnur.org/mx/sites/es-mx/files/legacy-pdf/62c3360b4.pdf
2. Consejo Nacional de Población. (2021). Diagnóstico nacional sobre la situación del desplazamiento forzado interno en México. México: Consejo Nacional de Población. Obtenido de https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/681782/Diagn_stico_nacional_sobre_la_situaci_n_del_desplazamiento_forzado_interno.pdf
3. Observatorio de Desplazamiento Interno. (2024). Informe Global sobre Desplazamiento Interno. Ginebra: Consejo Noruego para los Refugiados. Obtenido de https://api.internal-displacement.org/sites/default/files/publications/documents/IDMC-GRID-2024-informe-global-sobre-desplazamiento-interno.pdf
4. Organización Internacional para las Migraciones. (2019). Derecho internacional sobre migración N°34 – Glosario de la OIM sobre Migración. Ginebra: Organización Internacional para las Migraciones. Obtenido de https://publications.iom.int/system/files/pdf/iml-34-glossary-es.pdf
5. Ruhr University Bochum – Institute for International Law of Peace and Armed Conflict. (2023). WorldRiskReport 2023. Berlín: Bündnis Entwicklung Hilft. Obtenido de https://weltrisikobericht.de/wp-content/uploads/2024/01/WorldRiskReport_2023_english_online.pdf