27/07/2024 Revista estudiantil de La Ibero

Ser migrante en México es un delito que se paga con la vida.

  • Milton A. Martínez Molina

El pasado 27 de marzo, una de las estaciones migratorias en Ciudad Juárez fue consumida por el fuego lo que ocasionó la muerte de por lo menos 40 personas y 27 sobrevivientes, de los cuales 23 están aún hospitalizados. Lo anterior, después de que, a modo de protesta por las condiciones inhumanas que se viven dentro de estos centros de detención, las personas migrantes ahí detenidas prendieron fuego a colchonetas y quedaron atrapadas a falta de protocolos de actuación y presunta negligencia por parte de las autoridades migratorias.

La tragedia era prácticamente una predicción bastante probable de cumplirse. Las condiciones de internamiento en la mayoría de las estaciones del Instituto Nacional de Migración (INM) no son hechos ni condiciones aisladas. Distintos órganos autónomos como el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT) de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y organizaciones civiles no gubernamentales, quienes trabajan en favor de los derechos de las personas que conforman los éxodos migrantes en México, han denunciado por años las condiciones de internamiento de estos centros de detención que en muchos casos son peores a las de los centros penitenciarios. Para tener un panorama sobre lo que ha pasado en los últimos años, basta revisar los escuetos esfuerzos que se han impulsado desde el poder Ejecutivo para dar una solución de raíz a los flujos migratorios que transitan por México y que se traducen en el encierro ilegal que le imponen a las personas migrantes en estaciones migratorias.

Las estaciones migratorias son centros de detención operadas y administradas por el INM a través de la Secretaría de Gobernación desde el sexenio de Carlos Salinas. Durante los últimos años, los centros operados por el INM se han caracterizado por ser entornos hostiles y xenófobos donde se cometen graves violaciones a los derechos humanos, actos crueles, inhumanos, degradantes, e incluso tortura.

A través del trabajo de las organizaciones civiles y organismos que velan por prevenir e investigar las violaciones de derechos humanos, se ha comprobado que el actual sistema de alojamiento de personas migrantes detenidas no es garantista del respeto de los derechos humanos por los problemas que frecuentemente tienen los recintos migratorios existe un alto grado de improvisación en el funcionamiento de los recintos migratorios del país. Si bien los reglamentos internos regulan algunos aspectos básicos, lo cierto es que muchos de ellos se resuelven con total discrecionalidad y nula perspectiva de género, interculturalidad o interseccionalidad.  No hay parámetros claros para cuestiones tan sencillas como la asignación de dormitorios, la habilitación de espacios para ingerir alimentos, requerimientos mínimos de espacio que debe cubrir un recinto en función del número de personas que se alojan, cuántos servicios sanitarios son suficientes en razón de cantidad de usuarios, e incluso la accesibilidad de las instalaciones para personas que viven con alguna discapacidad.

Aun con la reforma de 2008 a la Ley General de Población a partir de la cual se despenalizó la entrada irregular de personas migrantes a México, prevalecen condiciones de alojamiento y procedimientos propios del sistema penal en el tratamiento que se da a las personas extranjeras que entran de manera irregular a territorio nacional. Lo anterior se traduce en revisiones ilegales, discriminación, racismo, xenofobia y detenciones arbitrarias por parte de los elementos del INM que operan principalmente en las ciudades fronterizas de quienes su único objetivo ha sido criminalizar las personas que no pueden acreditar una estancia legal en México. 

Tal como lo documentó la CNDH en su Informe Especial. Situación de las Estaciones Migratorias en México de 2019,“Se criminaliza a la persona migrante en situación irregular, al obligarla a permanecer en un recinto que funciona como un Centro de Reinserción Social por su infraestructura y características de seguridad”. Aunado a lo anterior, los centros de detención migratoria operan con completa supervisión de órganos jurisdiccionales que vigilen que no se violen más derechos de las personas que se encuentran privadas de su libertad. En ese mismo informe, se documenta que esto “es una medida desproporcionada al tratarse de la privación de la libertad de una persona extranjera por encontrarse en contexto de migración no documentada. Pese a que los recintos migratorios deberían ser distintos a los centros penitenciarios, en ellos también se afectan derechos fundamentales como libertad de movimiento, intimidad y salud”. 

Las acciones claramente punitivas de la política migratoria mexicana, derivada de la concepción anacrónica de la migración irregular como delito, se evidencia a partir de las similitudes que existen en la manera como se ejercen tanto el derecho al debido proceso como los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA) de las personas privadas de la libertad en centros de detención migratoria frente a la manera como son ejercidos por las personas que se encuentran en situación de reclusión. Las detenciones migratorias tienen la naturaleza jurídica de una medida cautelar de carácter personal, por lo que las reglas internacionales reconocidas aplicables son las de la prisión preventiva (reconocidas, firmadas y ratificadas por el Estado mexicano). Al respecto, no debe olvidarse que la prisión preventiva no tiene un objetivo punitivo y que su imposición debe partir del reconocimiento del principio fundamental de presunción de inocencia. Por lo que debe reiterarse el carácter excepcional y no punitivo de la detención migratoria y de la prisión preventiva para, ahora, hacer referencia al abuso que se da en la imposición de ambas medidas. En el caso de las personas migrantes, pese a que el Estado mexicano se ha comprometido a impulsar una política basada en la seguridad humana, de acuerdo con la ONG Sin Fronteras, de 2013 a 2015, el porcentaje de detenciones aumentó en un 130%. Esto evidencia que, desde hace una década, el Estado continúa ejecutando una política migratoria punitiva contraria al objetivo de salvaguardar la seguridad de las personas en todas sus dimensiones, como lo establece la política fundamentada en la idea de la seguridad humana.

Del mismo modo, los organismos internacionales a través de los exámenes periódicos que realiza a los Estados parte en el marco de la supervisión del cumplimiento de sus compromisos, se pudo encontrar que las condiciones de internamiento son indignas y propician entornos torturantes. En el 2016, la Organización de Naciones Unidas a través del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, reportó que “en la estación migratoria de Tijuana, la delegación observó el hacinamiento y las malas condiciones en las que se encontraban las personas alojadas, incluidas mujeres, niños, niñas y adolescentes que estaban en una celda con muy malas condiciones de higiene y sin acceso a ropa propia, sobre todo en el caso de las niñas más pequeñas, no obstante, el frío. La comida era escasa y de mala calidad, con ninguna diferenciación entre adultos y niños.” Sin embargo, a pesar de esta afirmación, el Estado mexicano hizo caso omiso e incluso durante la presentación de su informe periódico en el marco del 66° periodo de sesiones del Comité́ Contra la Tortura de las Naciones Unidas (CAT) justificó que los recursos no son los suficientes para atender los éxodos migratorios y negó que las condiciones que se viven dentro de las estaciones migratorias fueran inhumanas.

Desde el Poder Ejecutivo, se ha abonado a criminalizar y estigmatizar la presencia de las personas migrantes en el territorio mexicano. En esta última tragedia, el Presidente López Obrador afirmó que “Esto tuvo que ver con una protesta que ellos (los migrantes) iniciaron, a partir de que – suponemos – que se enteraron que iban a ser deportados, movilizados” dejando completamente de lado el total grado de responsabilidad que tienen las autoridades migratorias y por tanto, el mismo Estado- Esto también abona al olvido de que los atropellos a los derechos de personas que por necesidad emigran de sus lugares de origen van en aumento exponencialmente. Este suceso es un crimen del cual el Estado es completamente responsable, ya que las víctimas estaban bajo su resguardo por razones que carecen de debidos procesos (como las detenciones arbitrarias y la privación de la libertad), aunado a que permanecían en condiciones infrahumanas. Criminalizar y detener a las personas arbitrariamente y ponerlas dentro de centros de detención, nunca será una forma de solución a los flujos migratorios que transitan por México. Las palabras del presidente mexicano son cínicas e incongruentes con el discurso de hermandad latinoamericana que predica al minimizar el daño sistemático e irreparable que han sufrido las víctimas en Ciudad Juárez y las miles a lo largo del territorio nacional.

Bibliografía

1. Informe del Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Visita a México del 12 al 21 de diciembre de 2016 observaciones y recomendaciones dirigidas al Estado parte; CAT/OP/MEX/R.2 https://hchr.org.mx/wp/wp-content/themes/hchr/images/doc_pub/InformeSPT_2018.pdf
2. Informe Especial. Situación de las Estaciones Migratorias en México, Hacia un nuevo modelo alternativo a la detención, Comisión Nacional de los Derechos Humanos, México 2019, pp 4.
https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2019-11/Informe-Estaciones-Migratorias-2019.pdf
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