07/05/2024 Revista estudiantil de La Ibero

Los Juegos Paralímpicos y el Derecho al Deporte de las Personas con Discapacidad

  • Julieta Bocanegra García
  • Cecilia Gabriela Rodríguez Quintero

Sinopsis: A través de los Juegos Paralímpicos podemos ver la importancia de la garantía de los derechos humanos de las personas con discapacidad.

Foto: Carmen Mandato. Getty Images, 2021.

Los Juegos Paralímpicos son una competencia deportiva protagonizada por atletas con discapacidad. Esta se lleva a cabo cada cuatro años, y toma lugar en la misma ciudad y de manera consecutiva a los Juegos Olímpicos. Este paralelismo con las olimpiadas es lo que le da su nombre, a pesar de que muchos piensen que el prefijo “para-” tiene relación con la parálisis.

La competencia tiene sus inicios en Inglaterra, dentro del Centro Nacional de Lesiones Espinales del Hospital de Servicios Médicos de Emergencia de Stoke Mandeville (López, 2021). Este centro está especializado en lesiones medulares. La mayoría de los pacientes eran militares, cuyas lesiones habían sido causadas por traumas durante la guerra, las cuales resultaban en paraplejia y cuadriplejia. El director del centro fue un hombre llamado Ludwig Guttmann, un neurólogo judío que había llegado al Reino Unido como refugiado debido al régimen antisemita del gobierno del Tercer Reich. Una vez ahí se le ofreció el puesto de director, el cual había sido rechazado por muchos otros candidatos antes, debido a la poca esperanza de vida y de recuperación que tenían los pacientes.

Al aceptar, Guttmann se convirtió en pionero de distintos tratamientos que revolucionaron la forma de atender a los pacientes con lesiones medulares, entre los cuales se encontraba el voltear a los heridos cada dos horas, trabajo en el que él mismo participaba debido a la falta de personal. A su vez, instauró distintas actividades de recreación, debido a que reconocía la importancia del tratamiento emocional y psicológico como parte esencial de la rehabilitación de los pacientes. Entre dichas actividades se encontraba el baloncesto en silla de ruedas y el tiro con arco.

Muy pronto, después de incluir el deporte al régimen de recuperación de sus pacientes, Guttmann se dio cuenta del gran y positivo impacto que este tenía en las personas lesionadas, por lo que, en un esfuerzo por seguir promoviendo el deporte, el 29 de julio de 1948, entre únicamente 16 exmilitares se llevó a cabo la primera competencia de los juegos Stoke Mandeville, mismo día en que los Juegos Olímpicos de ese año tuvieron su apertura en Londres. Así pues, nació la primera competencia deportiva internacional para personas con discapacidad en toda la historia (The History of the Summer Paralympic Games, 2020).

Los juegos se siguieron llevando a cabo y creciendo durante los años siguientes hasta que en 1960, en Roma, se inauguraron oficialmente los primeros Juegos Paralímpicos. En los mismos, compitieron 400 hombres y mujeres representando a 24 países. Desde entonces los juegos se han llevado a cabo cada cuatro años y han seguido creciendo exponencialmente, hasta llegar a la cifra actual de 4403 atletas, representando a 168 países y compitiendo en 22 deportes en la edición de Tokio 2020 (Deutsche Welle, 2021). 

Ahora bien, para que los atletas con discapacidad puedan participar en un evento internacional tan importante como los Juegos Paralímpicos, es necesario resaltar el papel de los Estados frente a las obligaciones de respetar, garantizar y promover los derechos humanos de este sector de la población, y muy específicamente del derecho humano al deporte.

En el año 2008 entró en vigor la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, instrumento jurídico internacional nacido en el seno de las Naciones Unidas de aplicación obligatoria para los Estados parte (como es el caso de México). Por primera vez en la historia fue plasmado en un documento vinculante un catálogo de derechos específicos de protección para las personas con discapacidad, abandonando los enfoques caritativo, médico y biopsicosocial para dar paso a un enfoque de derechos humanos.

Desde este último enfoque no se ve la discapacidad como una condición médica, no se busca ni se tolera las políticas separatistas y de segregación, ni se permite que la cuestión se reduzca a factores biológicos de la persona; al contrario, desde el enfoque de derechos humanos marcado en la Convención, la discapacidad es el resultado de la interacción de las personas con alguna deficiencia física, mental, intelectual o sensorial y las barreras que evitan el pleno ejercicio de sus derechos humanos en igualdad de condiciones.

Estas barreras pueden ser sociales, institucionales, materiales y formales, los ejemplos son variados y los encontramos en todas partes, es aquí en donde nacen las obligaciones del Estado, el cual, en garantía del derecho a la igualdad desde su modalidad sustantiva, tiene la obligación de asumir un papel activo para reducir y eliminar todas estas barreras, y garantizar entonces que todas las personas sin importar sus condiciones gocen del pleno ejercicio de sus derechos humanos.

Específicamente lo que se refiere al derecho al deporte de las personas con discapacidad, por ser el tema que nos ocupa, la Convención multicitada lo reconoce expresamente en su artículo 30, en el cual se hace mención al hecho de que los Estados para eliminar las barreras referidas y garantizarlo como es debido deben por lo menos: 

  1. a) Alentar y promover la participación, en la mayor medida posible, de las personas con discapacidad en las actividades deportivas generales a todos los niveles;
  2. b) Asegurar que las personas con discapacidad tengan la oportunidad de organizar y desarrollar actividades deportivas y recreativas específicas para dichas personas y de participar en dichas actividades y, a ese fin, alentar a que se les ofrezca, en igualdad de condiciones con las demás, instrucción, formación y recursos adecuados;
  3. c) Asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso a instalaciones deportivas, recreativas y turísticas;
  4. d) Asegurar que los niños y las niñas con discapacidad tengan igual acceso con los demás niños y niñas a la participación en actividades lúdicas, recreativas, de esparcimiento y deportivas, incluidas las que se realicen dentro del sistema escolar;
  5. e) Asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso a los servicios de quienes participan en la organización de actividades recreativas, turísticas, de esparcimiento y deportivas (CDPD, 2008, art.30).

En esta lógica, el deporte como derecho humano supone una serie de obligaciones del Estado de cumplimentar todas las medidas que resulten necesarias para que todas y todos podamos acceder a él. Recordemos que el derecho al deporte es indispensable para el pleno desarrollo de la personalidad y, a su vez, representa una actividad social y cultural que funge como herramienta para incentivar la cultura de la paz y la cooperación entre Estados, a través de la celebración de eventos como los Juegos Olímpicos.

En este sentido, es igual de importante que los Juegos Paralímpicos sean celebrados bajo los mismos estándares, y que los Estados asuman sus obligaciones en la materia para que esto sea posible. Hablar de los Juegos Paralímpicos es hablar de los derechos humanos de las personas con discapacidad, un tema de igualdad y justicia social.

Referencias

  1. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2008). Ginebra, Naciones Unidas.
  2. Deutsche Welle (25 de agosto de 2021). Los Juegos Paralímpicos de Tokio 2020: datos y curiosidades. DW.COM. https://www.dw.com/es/los-hist%C3%B3ricos-juegos-paral%C3%ADmpicos-de-tokio-2020-datos-y-curiosidades/a-58983203 
  3. López, A. (3 de julio de 2021). Sir Ludwig Guttmann, el padre del movimiento paralímpico. EL PAÍS. https://elpais.com/deportes/2021-07-03/sir-ludwig-guttmann-el-padre-del-movimiento-paralimpico.html
  4. Paralympic Sports – List of Summer and Winter Para Sports. (s. f.). International Paralympic Committee. https://www.paralympic.org/sports 
  5. The History of the Summer Paralympic Games. (10 de octubre de 2020). YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=xqg4v-BZb1M

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